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Edicto

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 6o Turno, dictada en autos: "SANTIAGO ALEJANDRA Y OTRO C/ SORIA RODRIGUEZ AMANDA DAÑOS Y PERJUICIOS" IUE 2- 45545/2017, se hace saber que el próximo 29 de Mayo a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero DANTE y GUSTAVO IOCCO, Matrículas Nos 6970 y 1716 respectivamente, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base y al mejor postor, en dólares estadounidenses, del siguiente bien inmueble: unidad de propiedad horizontal No 001 que forma parte del edificio de propiedad horizontal ubicado en la localidad catastral Montevideo, zona urbana de la 12a sección judicial, padrón matriz 82.511, que según plano del Agrim. Juan José Gambini de junio de 1973, inscripto en la Dirección General de Catastro con el No 72.200, el 10/7/1973, tiene una superficie de 329 m 54 dm y tiene 8,60 m de frente al N a la calle Fermín Ferreira Nos d|e puerta 1878 y 1880, entre José L. Terra y Guaviyú, distando su punto más próximo 34,36 mts. a la esquina con la segunda. La unidad empadronada individualmente con el No 82.511/001, se desarrolla en 2 niveles: a) en planta baja a cota más 0,65 m y b) en planta azotea, a cota más 3,58 m, con un área total de 64m 82 dm. Le corresponde el uso exclusivo del patio “F”, azotea “Q uno” y azoteas depósito “O dos”. SE PREVIENE: 1o) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña y en dólares estadounidenses el 30% de su oferta al bajarse el martillo. 2o) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3o) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4o) Que se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 5o) Que se podrá descontar del precio de remate las deudas que existieran por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza primaria, imputándose al mismo, hasta la fecha de remate. 6o) Que se podrá imputar al precio del remate el 2% del ITP e IRPF por la parte vendedora hasta la suma concurrente. 7o) Que en el acto de remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al art. 71 del C.G.P. (Domicilio real y procesal electrónico judicial). 8o) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos en la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 9o) en la Sede se encuentra depositada la titulación y antecedentes dominiales (testimonios notariales por exhibición) del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que surgen del expediente, de los antecedentes dominiales y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos, los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados (sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, 1o piso de la ciudad de Montevideo), debiéndose tener presente el art. 390 del C.G.P. Montevideo, 30 de abril de 2024,
PATRICIA MARÍA LECUNA MARTÍNEZ, Actuaria Adjunto.

Características de la propiedad

  • HabitacionesMonoambiente
  • Fecha: 2024-05-29
  • Fecha, Hora y Lugar de Remate: MIERCOLES 29 DE MAYO - 14:30 Hs. en RINCON 408, Montevideo
  • Remate: Si

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La Empresa

Dante Juan Iocco Carratú inició su vinculación al sector inmobiliario en el año 1937 cuando es nombrado Inspector de Propiedades del Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación.